Hansgrohe Professional Services
AXOR
hansgrohe

Bases y Condiciones

I. Ámbito de aplicación

Las presentes condiciones generales de venta y suministro de Hansgrohe S.A.U. (en adelante, “Hansgrohe”) regirán, salvo pacto expreso en contrario, en las ofertas, contratos de compraventa, pedidos y suministros que Hansgrohe realice con sus compradores, que podrán contener condiciones particulares. Asimismo, regirán en sus futuras relaciones comerciales, aun cuando no se haya vuelto a pactar expresamente su vigencia. Las condiciones generales del comprador no regirán ni aun en el caso de que no sean expresamente excluidas. Estas condiciones generales son sólo de aplicación a la contratación con profesionales (empresarios), según la noción de profesional/empresario contenida en la legislación española.

II. Celebración del contrato

  1. Las ofertas de Hansgrohe no serán vinculantes, salvo que en el propio texto de la oferta se prevea, expresamente, su carácter vinculante. De no mediar rechazo por escrito en una semana, el pedido del cliente se entenderá confirmado.
  2. Hansgrohe únicamente ofrecerá aquellas garantías que se comuniquen expresamente en sus condiciones generales, particulares o en su publicidad.
  3. La documentación entregada por Hansgrohe en el marco de las relaciones precontractuales, tales como ilustraciones y dibujos, así como los datos técnicos proporcionados por Hansgrohe serán fundamentales; eso sí, Hansgrohe se reserva el derecho a efectuar las modificaciones y correcciones técnicas, o las modificaciones de la construcción cuando no sean perjudiciales para el comprador.

III. Entrega, transporte y transmisión del riesgo

  1. Los riesgos por pérdida o deterioro de las mercancías suministradas se transmitirán al comprador desde el momento de su entrega o puesta a disposición EXW Barcelona (Incoterms 2010), aun cuando se pacte, conforme a las presentes condiciones generales o a las condiciones particulares, que el transporte de los productos se efectúe a costa de Hansgrohe y/o con medios de transporte contratados por él o pertenecientes a él. El transporte de las mercancías se llevará por tanto a cabo a riesgo y ventura del comprador, aun cuando el suministro se haya pactado a portes pagados o con medios de transporte de Hansgrohe.
  2. En caso de retraso en el envío por causas imputables al comprador o por razones que no sean imputables a Hansgrohe, la transmisión de los riesgos se producirá con la notificación al comprador de la puesta a disposición de las mercancías.
  3. Los pedidos por importe superior a 300,00 € (neto) se enviarán a portes pagados. En los envíos por importe inferior a 300,00 € (netos) Hansgrohe aplicará un incremento de 10,00 € por envío en concepto de gastos de envío.
  4. Salvo que otra cosa se convenga, el comprador deberá formalizar, a su costa, un seguro que cubra los riesgos por pérdida o deterioro de las mercancías desde su entrega hasta la fecha de pa go efectivo de las mismas.
  5. En caso de demora en la tramitación del envío, o en la entrega del bien a petición del comprador, a causa de circunstancias que se originen en la esfera del riesgo y de responsabilidad del comprador, el comprador deberá soportar los gastos de almacenamiento que se hubiesen originado. Dichos gastos de almacenamiento ascenderán a, como mínimo, un 0,5 % del importe pendiente de la factura para cada mes restante, a contar desde un mes después de la comunicación de la disposición al envío; salvo prueba en contrario del comprador de que los gastos fueron menores. En caso de transcurrir en vano el plazo pactado, Hansgrohe podrá disponer para cualquier otro fin del bien entregado y, en consecuencia, suministrar al comprador otro bien en sustitución dentro de un plazo razonablemente ampliado.
  6. Hansgrohe procurará que los productos enviados por Hansgrohe al comprador cumplan con las leyes y reglamentos del país o de los países designados por el comprador. Si, una vez recibidos, el comprador exporta los productos a terceros países, la responsabilidad de que los productos sean conformes con las leyes y reglamentos locales aplicables en tales países recaerá en el comprador. Si, no obstante, el comprador decide exportar los productos a terceros países, únicamente él será responsable de todas y cada una de las responsabilidades que puedan derivar de la no conformidad de los productos.

IV. Plazo de entrega y fuerza mayor

  1. No tendrán carácter vinculante los plazos de entrega que no hayan sido expresamente pactados como tales. No se iniciará el cómputo del plazo de entrega hasta la recepción de toda la documentación necesaria para la ejecución del pedido si, según lo acordado, el comprador tuviese que proporcionar dicha documentación a Hansgrohe y, en su caso, tras la recepción del pago a cuenta. Se entenderá que un plazo de entrega ha sido respetado cuando, dentro del plazo señalado, el pedido se haya enviado o se comunique al comprador que ya está listo para su entrega.
  2. La aparición de hechos no imputables a Hansgrohe, que influyan de forma considerable en la fabricación o envío del bien, en especial los conflictos laborales y circunstancias similares (huelga, etc.), que afecten a Hansgrohe o a uno de sus subcontratantes, darán lugar a la ampliación de los plazos de entrega por un periodo de tiempo igual al de la interrupción. Si por razón de una huelga, fuera necesaria la adecuación del contrato y ésta, a pesar de todos los esfuerzos, deviniese imposible, Hansgrohe quedará liberada de la ejecución de sus obligaciones.
  3. Si a causa de las mencionadas circunstancias se ampliase el plazo de entrega, o Hansgrohe se viese liberada de su obligación de suministro, el comprador no tendrá derecho a reclamar responsabilidad de ningún tipo contra Hansgrohe. Hansgrohe tampoco responderá por averías en la producción no imputables a su actuación, ni siquiera en caso de incurrir en mora. Hansgrohe comunicará al comprador la aparición de alguna de las mencionadas circunstancias. En particular, las siguientes no serán causas de incumplimiento del plazo de entrega por parte de Hansgrohe:

    a) El incumplimiento por parte del comprador, a la fecha de entrega, de los pagos y/o garantías convenidas.

    b) El empeoramiento en la situación financiera/patrimonial del comprador de que tenga conocimiento Hansgrohe con posterioridad a la celebración del contrato, especialmente de no atenderse el pago de letras de cambio o cheques; en este supuesto, el Hansgrohe estará facultado a exigir el pago anticipado o la aportación de las correspondientes garantías.

    c) En caso de fuerza mayor, huelga, lock-out, cierre gubernativo, paros de producción u otros impedimentos no imputables a Hansgrohe, que afectaran ya a sus propias instalaciones ya a las de sus proveedores. Se comunicará al comprador tanto la existencia como la desaparición de tales obstáculos a la mayor brevedad posible.

  4. Hansgrohe podrá realizar envíos parciales y emitir las correspondientes facturas parciales, en términos razonables, antes del vencimiento del plazo de entrega.

V. Precios

  1. Las entregas se realizarán conforme a los precios vigentes establecidos en la lista de precios para el plazo de entrega determinado por el comprador. La lista de precios podrá incluir un PVP (precio de venta al público) o de reventa recomendado. Todos los precios se entienden, salvo disposición contraria, en Euros y no incluyen, en ningún caso, gastos de instalación y de puesta en funcionamiento, así como el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido.
  2. Hansgrohe se reserva el derecho a incrementar los precios razonablemente si, una vez firmado el contrato, aumentan los gastos, en especial a causa del vencimiento de una tarifa ofertada, de los precios iniciales del mercado o por el encarecimiento del material. Se justificarán los incrementos a petición del cliente.

VI. Pago y demora

  1. Los pagos a Hansgrohe se deberán realizar a la recepción de la factura, sin ningún tipo de descuento, de forma inmediata y según lo establecido en la factura (60 días fecha factura, por domiciliación bancaria; 30 días fecha factura, 1% descuento pronto pago, por domiciliación bancaria). Hansgrohe se reserva, expresamente, la aceptación de cheques y pagarés. Los cheques se aceptarán en concepto de orden de pago, pero el pago no se considerará realizado hasta su efectivo cobro. Los pagos realizados se imputarán, en primer lugar, a los gastos originados, seguidamente a los intereses y, por último, al crédito principal más antiguo.
  2. En caso de demora en el pago, se calcularán intereses legales de demora de, como mínimo, un 9 % anual; salvo prueba en contrario de un daño menor al de la cuantía del tipo de interés legal.
  3. El comprador sólo tendrá derecho a la compensación y retención de los créditos propiedad de Hansgrohe cuando el crédito opuesto sea indiscutible o exigible.
  4. La cesión de crédito requerirá el consentimiento de Hansgrohe.
  5. Hansgrohe podrá hacer valer, de forma inmediata, los créditos no vencidos y que le hayan sido entregados por medio de cheque, en el supuesto de que, una vez firmado el contrato y entregada la mercancía, se tenga conocimiento de que el comprador ha dejado de ser solvente o no lo volverá a ser, debido a que, por ejemplo, se le hayan aplicado medidas de ejecución forzosa o se produzca cualquier otra situación de deterioro financiero/patrimonial. En estos supuestos y, en caso de que a pesar de su requerimiento no se abonen las facturas vencidas, Hansgrohe podrá exigir para sus envíos futuros, pago por adelantado u otras garantías, así como que la entrega sólo se realice contra reembolso. Si el comprador no observa los requerimientos de Hansgrohe, ésta estará facultada para rescindir el contrato o a exigir el pago inmediato de la mercancía entregada. En el supuesto de que se rescindiera el contrato, el comprador correrá con los gastos que, hasta ese momento, se hubiesen ocasionado a Hansgrohe, así como el lucro cesante.

VII. Reserva de dominio

  1. Hansgrohe se reserva el dominio de los bienes entregados hasta la efectiva liquidación de todas las deudas nacidas en el momento de la celebración del contrato y derivadas de la relación contractual mantenida con el comprador, incluidas aquellas pretensiones derivadas de los diversos pedidos realizados con la suscripción del contrato, pedidos posteriores o pedidos de recambios. En este sentido, el dominio y todos aquellos derechos que de él deriven, se transmitirán al comprador una vez éste haya cumplido con sus distintas obligaciones. En tanto el valor de las garantías constituidas a favor de Hansgrohe supere en más de un 20 % el valor de todos los créditos asegurados, Hansgrohe liberará, a solicitud del comprador, la parte proporcional de la garantía.
  2. En caso de conducta contraria al presente contrato por parte del comprador, en especial en relación a la demora en el pago, Hansgrohe está facultada a revocar el envío. No se entenderá resuelto el contrato por parte de Hansgrohe al revocar o retener un envío, salvo expresa confirmación por escrito en ese sentido. Hansgrohe está autorizada a la realización del bien, la suma obtenida con ella se imputará a las deudas del comprador, excluyendo los gastos correspondientes a la realización. El comprador está obligado a tratar el bien entregado con diligencia. En particular, se obliga a asegurarlo, a su cuenta y riesgo, hasta el valor originario del bien contra cualquier daño causado por el fuego, el agua, una tormenta y/o por la entrada y robo en su almacén. Los créditos originados en caso de siniestro contra la compañía aseguradora, se cederán a Hansgrohe. En tanto se requieran inspecciones o trabajos de mantenimiento, el comprador deberá ejecutarlos en tiempo y forma, corriendo él con los gastos.
  3. El comprador no está autorizado a dar el bien entregado ni en prenda, ni en garantía.
  4. El comprador está autorizado a revender el bien comprado en el tráfico mercantil, o bien a transformarlo en su proceso productivo. Cede a Hansgrohe, en este acto, todos los créditos por importe de la cuan- tía final de la factura, IVA incluido, que se originen por la venta de los bienes a sus clientes o a terceros, con independencia de que la cosa se haya revendido sin haberse transformado o tras haberlo hecho. Hansgrohe acepta la cesión en este acto. El comprador está autorizado a cobrar los créditos incluso después de realizada la cesión. Por tanto, la facultad de cobro del crédito no se ve afectada en modo alguno. Hansgrohe no cobrará el crédito directamente, en tanto el comprador no desatienda sus obligaciones de pago del ingreso recibido, no incurra en mora en el pago o no concurra ninguna solicitud de apertura de procedimiento concursal.
  5. El comprador se obliga, previa solicitud de Hansgrohe, a comunicar los créditos que Hansgrohe tenga a su favor, informando sobre el nombre y dirección del cliente, cuantía de cada crédito, datos de la factura etc., además de a remitir a Hansgrohe todos aquellos informes necesarios para la efectiva realización de los créditos cedidos, a permitir la comprobación de dichos informes de cobranza y a notificar a los clientes la cesión de los créditos realizada.
  6. El comprador declara, en este acto, su conformidad con el hecho de que las personas que estén autorizadas por Hansgrohe a recoger los bienes sujetos reserva de dominio, puedan, a dicho fin, entrar o circular por los terrenos o edificios del comprador dentro de los que o sobre los cuales se encuentren dichos bienes.
  7. La reelaboración o transformación del bien entregado por parte del comprador se realizará en todo caso en provecho de Hansgrohe. Si el bien se reelaborase con la ayuda de otros objetos que no pertenezcan a Hansgrohe, ésta adquirirá la copropiedad del nuevo bien resultante en proporción al valor del bien entregado respecto del valor del resto de bienes usados en la reelaboración. Por lo demás, regirá, para el bien resultante de la reelaboración, aquello que lo hiciese para el bien entregado sujeto a reserva de dominio. Si la reelaboración, conmixtión o confusión se realiza de forma que, el bien del comprador se considere el principal, se pacta que el comprador transmitirá a Hansgrohe su parte proporcional en la copropiedad. De este modo, el comprador deberá custodiar, según el caso, en favor de Hansgrohe la exclusiva propiedad resultante o la copropiedad.

VIII. Reclamaciones por defectos y Garantías

  1. Las reclamaciones relativas al número y estado del empaquetado de las mercancías y al número e identificación de las mercancías, así como las relativas a cualesquiera defectos visibles o aparentes, deberán notificarse a Hansgrohe por escrito y, de forma detallada, lo antes posible y, en todo caso, dentro de los siete días siguientes a la fecha de entrega, especificando siempre el número de albarán de entrega. Si el comprador no notificara tales defectos, las mercancías se considerarán aceptadas, salvo en lo que se refiere a la posible existencia de defectos ocultos
  2. En caso de defectos ocultos y, salvo que Hansgrohe otorgue al comprador una garantía diferente o se trate de bienes a los que les sea aplicable la normativa vigente en materia de garantía de bienes de consumo, se confiere una garantía de un año a contar desde la fecha de entrega de las mercancías al comprador. La reclamación por estos defectos deberá efectuarse por escrito y, de forma detallada, indicando el albarán de entrega, a más tardar, dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que el defecto se hubiera puesto de relieve. En caso contrario, las mercancías se considerarán aceptadas con dicho defecto.
  3. Todos los derechos de garantía que correspondan al comprador quedarán sin efecto si éste no permite que, de forma inmediata, se inspeccionen los defectos a los que se refiera la reclamación. La devolución de las mercancías solamente podrá efectuarse previa autorización expresa por parte de Hansgrohe. Las reclamaciones por defectos de las mercancías no liberan al comprador del cumplimiento de sus obligaciones, en particular, de la del pago del precio en los plazos establecidos.
  4. En relación con las reclamaciones basadas en las garantías otorgadas, el comprador tendrá derecho, a elección de Hansgrohe, y, salvo que otra cosa se pacte, a la sustitución de las mercancías defectuosas, a su reparación, y a la modificación del contrato, en particular, en cuanto al precio de las mercancías a las cuales se refiera la reclamación.
  5. La garantía por defectos ocultos sólo podrá ejercitarse respecto de defectos ocultos de carácter originario. La garantía se limita a la reparación o sustitución de la pieza. Se excluye la garantía por desplazamiento del S.A.T. transcurridos 6 meses desde la entrega. Se excluye igualmente la garantía, en general, en los siguientes casos: cuando el defecto lo ha causado el consumidor o destinatario final en particular, o por montaje, empotrado y puesta en servicio incorrectos; manipulación y uso inadecuados; inexistencia o insuficiencia de mantenimiento; desgaste natural; medios de servicio inadecuados; adaptación deficiente; influencias de tipo químico, electro-químico o eléctrico; uso de detergentes, abrasivos y otros productos inadecuados para el mantenimiento del material, tal y como queda indicado en el manual de Recomendación de limpieza y cuidado de la mercancía que se puede encontrar en la caja o embalaje de cada producto.
  6. Sin perjuicio de lo previsto a continuación, en relación con la normativa vigente en materia de garantías de bienes de consumo, los derechos derivados de la garantía sólo podrán ejercitarse por parte del comprador, sin que puedan transferirse a un tercero.
  7. En el caso de que a las mercancías suministradas al comprador les sea aplicable la normativa vigente en materia de garantías en la venta de bienes de consumo, el régimen previsto en los apartados 1 a 6 se entenderá aplicable sin perjuicio de los derechos que legalmente puedan corresponder al comprador y al destinatario final de las mercancías de conformidad con dicha normativa y de los derechos que también resulten para ellos de acuerdo con lo previsto en los apartados siguientes.
  8. En tanto la mercancía a la que le sea aplicable la normativa vigente en materia de bienes de consumo no haya sido entregada al destinatario final, será plenamente aplicable el régimen previsto en los apartados 1 a 7, debiendo el comprador mantener completamente indemne a Hansgrohe frente a cualquier eventual reclamación que pudiera plantearse, por parte de terceros, respecto de los supuestos contemplados en dichos apartados. El apartado 1 vendrá en todo caso en aplicación, con independencia del destino final de las mercancías, debiendo el Cliente mantener completamente indemne a la Compañía frente a cualquier eventual reclamación que pudiera plantearse, por parte de terceros, respecto de los supuestos contemplados en dicho apartado 1.
  9. Con respecto a las mercancías a las que les sea aplicable la normativa vigente en materia de garantías en la venta de bienes de consumo, la Compañía conferirá a su destinatario final, en relación con los productos de las marcas “Hansgrohe” y “Axor”, por defectos de fabricación y funcionamiento, una garantía comercial adicional de tres años sobre el plazo de dos años de la garantía legal, a contar desde la fecha de entrega del producto en cuestión al destinatario final, entendiéndose por tal fecha la de factura. Respecto de las demás marcas el plazo de garantía será el de dos años previsto en la normativa vigente.
  10. Las reclamaciones que el destinatario final efectúe al comprador, sobre la base de las garantías previstas en el apartado 9, serán reconducidas por este último, conforme al procedimiento que se convenga, al Servicio de Asistencia de Hansgrohe, en el caso de que así corresponda, de forma inmediata, debiéndose remitir a dicho Servicio copia de la factura emitida al destinatario final.
  11. Si el destinatario final se dirigiera directamente, frente a Hansgrohe, como consecuencia de una falta de conformidad en los productos suministrados por el comprador, este último estará obligado a mantener indemne a Hansgrohe, frente a tal reclamación, en la medida en que la misma se fundara en una falta de conformidad imputable al comprador en razón de las presentes condiciones o de las normas generales existentes en materia de responsabilidad.

IX. Devoluciones

Como norma general la mercancía suministrada por Hansgrohe no será susceptible de devolución. En caso de que Hansgrohe, por medio de su representante o su dirección de ventas, de forma excepcional y previo acuerdo por escrito, acepte su devolución, se aplicarán unos gastos (en concepto de revisión de material, embalajes, administración, etc.) que ascenderán hasta el 25 % sobre el valor neto de la mercancía, excluido el Impuesto de Valor Añadido. El cliente soportará los riesgos y gastos del transporte. La mercancía deberá estar en perfecto estado y no haber sido descatalogada e n e l momento de su devolución.

X. Responsabilidad por daños y perjuicios

  1. Hansgrohe no responderá por daños y perjuicios, cualquiera que sea el fundamento legal de la responsabilidad (imposibilidad de la prestación, mora, suministro defectuoso, incumplimiento contractual, incumplimiento de obligaciones precontractuales, responsabilidad extracontractual, actuaciones desleales, etc.), salvo que concurra dolo o culpa grave.
  2. Esta limitación de responsabilidad no regirá respecto de la vulneración de obligaciones contractuales de carácter esencial, de daños contra la vida e integridad física, y de aquellos supuestos en que se deba responder conforme a una norma de carácter imperativo, por ejemplo, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de responsabilidad civil por daños causados por productos defectuosos.
  3. Hansgrohe sólo responderá, en todo caso, de los daños directos y de los daños típicamente contractuales que fueran previsibles al momento de la conclusión del contrato. Queda excluida toda responsabilidad por lucro cesante.
  4. Las acciones por daños y perjuicios frente a Hansgrohe sólo podrán ser ejercitadas por el comprador, que no podrá transferirlas a terceros.
  5. Si los daños y perjuicios ocasionados estuvieran cubiertos por un seguro contratado a tal efecto por el comprador, Hansgrohe sólo responderá de los perjuicios que realmente se hubieran ocasionado al comprador, como un eventual aumento de las primas de seguro contratadas o los intereses derivados del pago de la indemnización hasta la regularización de la compensación de los perjuicios por parte de la compañía aseguradora del comprador.
  6. Con la máxima extensión legalmente permitida, la responsabilidad de Hansgrohe no excederá del precio de las prestaciones recibidas por Hansgrohe, del comprador, como consecuencia del suministro de la mercancía en cuestión.

XI. Extinción del contrato

  1. En caso de extinción del contrato de compraventa (p. ej. por desistimiento unilateral), el comprador se obliga a devolver a Hansgrohe, como prestación principal, el bien entregado, sin perjuicio de la liquidación pendiente conforme a los siguientes apartados. Hansgrohe estará facultada a recoger del local del comprador el bien entregado.
  2. Además Hansgrohe podrá exigir del comprador una indemnización correspondiente en caso de deterioro, pérdida o por la concurrencia sobrevenida de cualquier otra causa que imposibilitase la devolución del bien entregado, cuando éste ya se encontrase en el área de responsabilidad del comprador, o si ya se había transmitido el riesgo al comprador.
  3. Adicionalmente podrá Hansgrohe exigir una indemnización por el uso o disfrute del bien entregado, en caso de pérdida o disminución de su valor acaecido entre la finalización de su montaje y su completa e inmediata recuperación de la posesión por Hansgrohe. Esta pérdida de valor se calculará en atención a la diferencia entre el precio en conjunto al realizar el pedido y el valor obtenido en el momento de la rescisión, siendo éste último el que se pueda cobrar por el bien al venderlo, o bien, en caso de no poderse enajenar, el valor resultante de una valoración pericial.

XII. Cesión

La cesión de cualesquiera derechos y/o la transmisión de cualesquiera obligaciones del comprador que se deriven del contrato no serán válidas, salvo previo consentimiento escrito por parte de Hansgrohe.

XIII. Estipulaciones para el control de la exportación

Las entregas pueden estar sujetas a los reglamentos de control de importaciones de la República Federal de Alemania, España, la Unión Europea, los Estados Unidos de Norteamérica y otros Estados. En caso de futuras exportaciones del bien al extranjero, el comprador será responsable del cumplimiento de dichas obligaciones legales.

XIV. Lugar de cumplimiento de las obligaciones, fuero y ley aplicable

  1. El lugar de entrega o de cumplimiento de las prestaciones será aquel en el que se realice la entrega, o en el que se ejecute la prestación. Para las restantes obligaciones derivadas del contrato, el lugar de cumplimiento será donde se emita la orden de envío.
  2. En lo no dispuesto en las presentes condiciones, regirá el Derecho español.
  3. Las partes establecen el fuero del domicilio del comprador como competente para el conocimiento de todas aquellas controversias y disputas originadas en el contexto de la presente relación contractual, salvo resolución amistosa de las mismas y, bajo renuncia expresa a su correspondiente fuero judicial. Todo ello, sin perjuicio de que Hansgrohe elija libremente el fuero de su propio domicilio como el competente.

XV. Disposiciones finales; conservación

  1. Todos los pactos suscritos entre Hansgrohe y el comprador realizados con el fin de ejecutar el presente contrato quedan reflejados en el presente documento contractual con exclusión de cualesquiera pactos verbales.
  2. En caso de que alguna de las estipulaciones resultase total o parcialmente ineficaz, el clausulado restante mantendrá su eficacia.

Hansgrohe S.A.